Madrid, 4 de octubre de 2010. Bajo el título "La
nueva Ley de Auditoría" tuvo lugar la segunda Mesa
Debate AECA con la participación de un destacado plantel
de expertos provenientes de distintos ámbitos.
Principales
Novedades
Eva Castellanos, subdirectora general de normas técnicas
de auditoría del ICAC, destacó tres novedades fundamentales
de la Ley:
1. La armonización de requisitos con la Unión Europea
en materia de auditoría. La nueva Ley establece la obligatoriedad
de aplicar las Normas Internacionales de Auditoría (NIA),
emitidas por el IFAC y aprobadas por la UE.
2. Fortalecimiento de los sistemas de supervisión pública.
El ICAC se consolida como supervisor, y se le exige realizar periódicamente
un control de calidad externo a las firmas de auditoría para
así garantizar una serie de requisitos.
3. Las firmas que auditan a entidades de interés público
deberán publicar un extenso y detallado informe anual de
transparencia, en línea con las mejores prácticas
de gobierno corporativo.
Independencia
y responsabilidades
En materia de responsabilidad civil, la Ley ha supuesto un enorme
avance en la seguridad jurídica del auditor, eliminándose
la responsabilidad ilimitada, pasando a un régimen de responsabilidad
proporcional y directa. También ha sido revisada la responsabilidad
administrativa, exigida por el ICAC, racionalizando y ajustando
las infracciones de carácter muy graves, graves y leves.
En
cuanto a las incompatibilidades, en la nueva norma prima un enfoque
de principios según el cual, el auditor debe evaluar las
amenazas a su independencia y establecer las salvaguardas oportunas
ante amenazas tales como auto-revisión, interés propio,
familiaridad, confianza o intimidación. Sin embargo, en determinadas
situaciones la nueva Ley mantiene que no cabe salvaguarda posible
y las prohíbe estableciendo precisiones a situaciones concretas
(por ejemplo el desempeño de cargos directivos, intereses
financieros, vínculos familiares, etc.).
Control
de Calidad y Supervisión
Bajo la nueva Ley el control de calidad pasa a ser el objetivo fundamental
de la supervisión. Frente a los años pasados donde
el control técnico era la piedra angular de la supervisión,
ahora se pretende avanzar hacia un modelo en que prime el control
preventivo.
"El
nuevo control de calidad supone un cambio radical respecto al anterior
sistema de supervisión técnica, haciendo necesario
que los auditores tengan un control de calidad interno adecuado
y público, en el caso de las entidades de interés
público" explicó Ramón Madrid,
vicepresidente del REA.
Auditorías
de las entidades de interés público
Para Fernando Polo, profesor del grupo de investigación
sobre Auditoría, CEGEA, de la Universidad Politécnica
de Valencia, la transparencia informativa de las empresas auditadas
resulta fundamental ya que aumenta la confianza de los inversores
y mejora la función social de las auditorías.
Entre
las novedades, el profesor Polo destaca que "las firmas
que auditan a Entidades de Interés Público están
obligadas a presentar un informe anual de transparencia. Esto se
debe a que dichas entidades de interés público tienen
un impacto mayor en la economía y una mayor visibilidad,
por lo que la directiva aplica mayores requisitos en su auditoría".
Novedades
en las Normas Técnicas de Auditoría
El auditor basa su opinión en la obtención de evidencias
así como en su juicio profesional. Las normas técnicas
de auditoría facilitan y permiten lograr ambos objetivos.
Eladio Acevedo, secretario general del REGA, se encargó
de analizar las principales novedades de este tema.
En
relación a la Norma Técnica sobre la relación
entre auditores, Acevedo, señaló que con la nueva
Ley se refuerza la obligación del auditor saliente de colaborar
con el auditor entrante. Por otro lado, "en los grupos consolidados
se estable la obligación del auditor principal de tutelar
el trabajo de los distintos componentes, no solo fijando la estrategia
global de auditoría, sino estableciendo también las
reglas por las que los auditores de los componentes van a facilitar
al auditor principal los papeles de trabajo", indica.
Aplicación
de las Normas Internacionales de Auditoría
La 8ª Directiva Comunitaria señala que en los Estados
miembros la auditoría debe ajustarse a las Normas Internacionales
de Auditoría. Mª Antonia García Benau,
catedrática de la Universidad de Valencia, experta en normativa
internacional, destacó algunas de los aspectos más
relevantes de las, hasta el momento, 36 Normas Internacionales de
Auditoría clarificadas. La profesora García Benau
reconoció que no se sabe con precisión cuando se aplicarán
en España las Normas Internacionales de Auditoría,
aunque "seguramente no antes de 2012", indicó
al respecto.
Estas
normas destacan la importancia de la ética en el ejercicio
de la profesión para alcanzar los objetivo de la auditoria,
así como el papel de la formación tanto para el acceso
a la profesión como para la continua capacitación
de los auditores. "La nueva Ley supone un avance en este
sentido, haciendo necesaria la acreditación de una formación
continuada por parte del auditor de cuentas", explicó
la catedrática.
La
auditoría interna y la nueva Ley
"Con la nueva Ley han aumentando los requisitos de transparencia
sobre los sistemas de control interno y gestión de riesgos,
haciendo que el Comité de Auditoría asuma la labor
de "supervisar", y no solo conocer -como hasta ahora-,
el proceso de control interno y la elaboración de la información
financiera", afirmó José Manuel Muries,
presidente del Instituto de Auditores Internos de España
(IAI), y miembro del grupo de trabajo de la CNMV emisor del Documento
"Control interno sobre la información financiera
en las entidades cotizadas".
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