Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas
NEWSLETTERS ELECTRÓNICOS

A
CTUALIDAD CONTABLE
Novedades y Práctica sobre el nuevo PGC
y
las Normas Internacionales de Información Financiera

 EQUIPO DE REDACCIÓN:
      Dirección: Horacio Molina Sánchez
    Redacción: Antonio Barral, Magdalena Cordobés e Isabel Gómez,
                    Profesores del área de Contabilidad en ETEA
                    Juan Izaga, AECA
Colaborador T écnico:
 CON LA COLABORACIÓN DE:

Nº 31 - Septiembre 2008

 NOVEDADES NORMATIVAS

NOVEDADES ICAC

Consultas sobre el PGC. BOICAC 74


Consulta 1. Sobre la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) en el caso de transacciones cuyo tratamiento contable no esté contemplado en los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en España. ver respuesta

Consulta 2. Se plantean las cuestiones siguientes relacionadas con la opción de mantenimiento de valor de los elementos patrimoniales que deban incluirse en el balance de apertura conforme a los principios y normas vigentes con el Plan General de Contabilidad 1990 (punto 1.d) de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad:
a) Activos sujetos a reversión.
b) Provisiones por depreciación de inversiones financieras en capital en empresas del grupo, multigrupo y asociadas.
c) Existencias intercambiables contabilizadas a LIFO según PGC 1990.
d) Combinaciones de negocios y registro de activos por impuesto diferido no reconocidos.
e) Aplicación retroactiva parcial.
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Consulta 3.
Sobre cómo opera el régimen de transición al Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, en relación con unas acciones que otorgan el control sobre otra sociedad y que fueron adquiridas, mediante una aportación no dineraria, en el ejercicio anterior a la entrada en vigor del nuevo Plan. ver respuesta

Consulta 4. Sobre la aplicación de la norma de registro y valoración 9ª.6. Coberturas contables, en relación con las operaciones de cobertura de inversiones netas en negocios en el extranjero en sociedades dependientes, multigrupo y asociadas.
En particular se cuestiona:
1. Cómo registrar el valor de la inversión cubierta en los libros individuales de una sociedad que cumple los criterios descritos en la citada norma de registro y valoración para contabilizar un préstamo en dólares como cobertura de inversión neta en el extranjero y si la modificación del coste de la inversión supondría una ruptura del coste de adquisición
2. Cuál es el importe por el que se debería registrar la variación en el valor de la inversión en sociedades del grupo, en el sentido de considerar que el elemento cubierto es el importe en moneda extranjera de la inversión en las cuentas anuales individuales o, si por el contrario, se considera que el elemento cubierto es el valor de los activos netos de la inversión extranjera en las cuentas consolidadas.
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Consulta 5. Sobre diversas cuestiones en relación con los criterios de deterioro de valor recogidos en la norma de registro y valoración 9ª de inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas (apartado 2.5.3 de la citada norma), contenida en la segunda parte del Plan General de Contabilidad. En concreto:
Cuestión 1. En la estimación del valor recuperable a partir del patrimonio neto de la entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de valoración:
  - Cuestión 1.1. Si se debe considerar el efecto impositivo de las plusvalías tácitas.
  - Cuestión 1.2. Si se incluye el fondo de comercio inicial menos las correcciones valorativas del mismo.
  - Cuestión 1.3. Si se incluyen otros intangibles generados desde la fecha de adquisición.
Cuestión 2. Se plantea también si el citado criterio que toma en consideración el patrimonio neto de la sociedad participada corregido por las plusvalías tácitas debe utilizarse sólo en circunstancias en las que no es posible determinar de manera fiable los flujos de efectivo futuros y, por tanto, si la sociedad debe tratar, siempre que sea posible, de obtener valoraciones de sus inversiones.
Cuestión 3. Se plantea si debe procederse a registrar el deterioro en una situación en la que el valor actual de los flujos de efectivo indica la necesidad de registrar un deterioro pero, sin embargo, el valor teórico contable más las plusvalías tácitas probadas es mayor que el coste de la inversión registrado en libros, considerando la compañía que dicho importe de VTC más plusvalías es más fiable que el descuento de flujos.
Cuestión 4. El consultante señala que la valoración por flujos de efectivo suele estar disponible para las inversiones en empresas del grupo y multigrupo, pero en las inversiones en empresas asociadas la información disponible puede ser muy limitada, planteando cómo realizar este tipo de valoraciones en estos casos.
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Consulta 6. Sobre qué normas de registro y valoración deben ser aplicadas y cuál sería el reflejo contable, en la sociedad aportante y beneficiaria, de aportaciones no dinerarias consistentes en "inversiones en el patrimonio de empresas del grupo", en las dos situaciones siguientes:
Situación 1. Aportación no dineraria de unas "inversiones en el patrimonio de empresas del grupo" en una sociedad que se constituye, en la que se reciben a cambio acciones que dan el control.
Situación 2. Aportación no dineraria de unas "inversiones en el patrimonio de empresas del grupo" en una sociedad ya constituida y por la que se obtiene el control.
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Consulta 7. Federaciones Deportivas. Gastos necesarios para futuros acontecimientos deportivos. ver respuesta

Consulta 8. Sobre si, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, se mantiene vigente el criterio recogido en la norma de valoración 18ª. Ventas y otros ingresos, contenida en las Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a empresas inmobiliarias, aprobadas por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de diciembre de 1994, según el cual, para los inmuebles en fase de construcción, en el momento en que se hayan incorporado al menos el 80% de los costes de la construcción, la empresa puede entender que un inmueble se encuentra sustancialmente terminado y en condiciones de entrega material, a efectos de reflejar el correspondiente ingreso por ventas. ver respuesta

Consulta 9. Sobre la clasificación de un inmueble destinado al arrendamiento como inmovilizado material o como inversiones inmobiliarias, por parte de una empresa que tiene entre sus actividades principales el alquiler de inmuebles. ver respuesta



AECA

Nuevo Documento de la Comisión de Principios Contables
"Calificación Contable de Instrumentos Financieros: Distinción Pasivo Patrimonio Neto"

Este Documento, partiendo del concepto de patrimonio contable establecido en la normativa contable internacional y que la normativa española ha recogido, en el que se incluyen aquellos instrumentos financieros sobre los que no existe obligación alguna por parte de la entidad emisora de pagar flujos de tesorería, pretende realizar un análisis de cómo calificar a efectos económico contables las distintas figuras de capital contempladas en nuestra legislación mercantil.
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REGISTRO MERCANTIL

1.- Borrador de depósito de cuentas anuales. Modelo Normal
2.- Borrador de depósito de cuentas anuales. Modelo Abreviado

3.- Borrador de depósito de cuentas anuales.
Modelo para Pymes

ENTIDADES DE SEGUROS


REAL DECRETO 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras


NOVEDADES IASB

1.- El IASB ha emitido un Borrador con modificaciones a la IFRS 1 First-time Adoption of International Financial Reporting Standards.
Las propuestas abordan la aplicación retroactiva en determinadas áreas y van dirigidas a conseguir que las entidades que aplican las IFRS no sufran costes o esfuerzos injustificados en el proceso de transición. El Borrador propone:
· Eximir a las compañías de la aplicación retroactiva de las IFRS para los activos mineros y petrolíferos que empleen el método del coste completo (full cost method) y para actividades sujetas a precios regulados.
· Eximir a las compañías con contratos de arrendamientos contabilizados de acuerdo a la IFRIC 4 Determining whether an Arrangement contains a Lease de reevaluar la clasificación de aquellos contratos de acuerdo a las IFRS cuando la misma clasificación hubiera sido previamente acorde a la regulación local.
El periodo de comentarios finaliza el 23 de enero de 2009.
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2.- El IASB propone una definición revisada de actividades interrumpidas. Borrador de modificaciones a la IFRS 5 Non-current Assets Held for Sale and Discontinued Operations.
Las propuestas tratan de revisar la definición de actividades interrumpidas y requieren una revelación adicional sobre los componentes de una entidad que han sido dispuestos o están clasificados como mantenidos para la venta.
Las propuestas surgen de un proyecto conjunto del IASB y del FASB para desarrollar una definición común de actividades interrumpidas y requieren revelaciones comunes sobre ellas. El FASB va a publicar paralelamente las propuestas de modificación de sus normas.
Por indicarlo abiertamente, las operaciones interrumpidas son aquéllas que una entidad ha dispuesto o mantiene para la venta. Las entidades presentan las actividades interrumpidas separadamente de las actividades continuadas porque estas últimas generarán cash flows de forma recurrente.
Al adoptar una definición de actividades interrumpidas que refleje la definición de segmentos de actividad en la IFRS 8 Operating Segments, las propuestas incrementarían también la consistencia entre las IFRS y reforzarían el principio básico subyacente en la IFRS 5.
La definición propuesta podría resultar en que menos partidas serían reconocidas como actividades interrumpidas que en la actualidad. Sin embargo, las revelaciones adicionales mostrarían alguna información acerca de los componentes de una entidad que hayan sido transmitidos o se mantengan para la venta pero no cumplan la definición de actividad discontinuada.
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3.- Panel Experto de Consulta emite un Borrador sobre medición y revelación de los instrumentos financieros cuando los mercados dejan de ser activos.
Como respuesta a las recomendaciones del Financial Stability Forum en su informe Enhancing Market and Institutional Resilience, el IASB formó un panel experto de consulta.
El IASB consultó con los miembros de este panel que identificasen las prácticas que los expertos utilizan para medir y revelar los instrumentos financieros cuando los mercados dejan de ser activos. El Borrador resume los debates del panel y aporta información útil para medir y revelar valores razonables.
Dicho documento está siendo sometido a consulta hasta el 3 de Octubre de 2008. Las consultas no serán publicadas y, tras ser tenidas en cuenta, se emitirá un Borrador que será colgado en breve en la web.
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4.- El Accounting Standards Board of Japan (ASBJ) y el IASB se reúnen por octava vez, con la finalidad de analizar el proceso de convergencia en las normas contables.
En esta reunión, los representantes del IASB aportaron una actualización del plan diseñado para finalizar el MoU, acordado en 2006 entre el IASB y el FASB, así como el avance en los proyectos en el medio y largo plazo.
Los representantes del ASBJ explicaron el avance de los temas que aparecen en su proyecto de Diciembre de 2007, de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo de Tokio. Se confirmó que el proyecto de convergencia para eliminar las diferencias más importantes entre los principios y normas contables japonesas y las IFRS en vigor para final de 2008 esta avanzando de acuerdo al plan previsto.
Los representantes de ambos organismos intercambiaron opiniones sobre las siguientes cuestiones, que fueron el tema de recientes Papeles para el Debate (Discussion Papers) y Borradores (Exposure Drafts) emitidos por el IASB:
- Marco Conceptual
- Instrumentos Financieros
- Pasivo y Patrimonio neto
- Beneficios post retiro (incluidas pensiones)
Los representantes del ASBJ también explicaron que abordarán activamente la convergencia de las normas contables a través de la publicación de Papeles para el Debate (Discussion Papers) sobre los asuntos recogidos en el MoU, tales como instrumentos financieros y beneficios post-retiro, los cuales se desarrollarán sobre las bases de los Papeles para el Debate (Discussion Papers) del IASB.
Los representantes de ambos organismos consideran que sus debates contribuirán al desarrollo futuro de normas de elevada calidad sobre los asuntos que es importante mejorar a medio y largo plazo. También volvieron a declarar la importancia el trabajo conjunto de ambos consejos.
La próxima reunión tendrá lugar en Marzo de 2009 en Tokio.
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5.- El IASB y el FASB publican una actualización del MoU de 2006. Esta versión de 2008 pretende finalizar los proyectos conjuntos sobre los temás más importantes en 2011.
Sir David Tweedie, Presidente del IASB, indicó al respecto que:
"Esta actualización subraya un plan y calendario para finalizar los proyectos más importantes que se incluyen en el MoU. Varias jurisdicciones, incluyendo Canadá, India, Japón y Corea, han anunciado el plan de adoptar o converger a las IFRS en 2011. La finalización anterior del MoU evitaría la necesidad para estas jurisdicciones de hacer cambios significativos al poco tiempo cuando los proyectos del MoU hubieran finalizado.
Aunque el MoU es una parte esencial de nuestra estrategia, permanecemos comprometidos en abordar otros proyectos importantes de nuestra agenda tales como la contabilización de los seguros, así como aquellos asuntos afectados por la crisis crediticia."

Por su parte, Robert Herz, Presidente del FASB, explicó:
"Al actualizar el MoU 2006, el FASB y el IASB han establecido, como objetivo, la finalización de un número de proyectos importantes en los próximos años. Considero que embarcarse en tal objetivo traerá importantes mejoras tanto a las Normas Contables Estadounidenses como a las IFRS en materias que son importantes para los inversores. Nosotros tendremos que decidir a final de año si la modificación del programa de convergencia a corto plazo va a permitir concentrar claramente los mayores esfuerzos en las mejoras. Esto pone de manifiesto nuestro permanente compromiso para trabajar conjuntamente en el desarrollo de un sólo conjunto de normas contables internacionales de elevada calidad.
Continuaremos nuestro doble objetivo de trabajar hacia la convergencia global mientras abordamos cuestiones contables de importancia vital para los inversores estadounidenses y sus mercados financieros."

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NOVEDADES EFRAG

1.- El EFRAG solicita comentarios sobre sus valoraciones iniciales de la modificación a la IAS 39 "Eligible Hedged Items" sobre su adopción por la UE y sobre su valoración inicial de los costes y ventajas derivados de su implantación.
La modificación de la actual IAS 39 aclara dos asuntos de la misma. Estos son (a) cuándo la inflación puede ser designada como una partida a cubrir mediante un instrumento financiero según lo previsto en la contabilidad de coberturas y (b) cómo la contabilidad de coberturas se puede aplicar a operaciones en las que un instrumento de cobertura es un contrato de opción.
La valoración inicial de la EFRAG es que la modificación reúne los criterios para la adopción en la UE y que los beneficios que se derivarán de su implantación en la UE es probable que excedan de los costes incurridos en su puesta en marcha.
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2.- Carta de Comentario del EFRAG sobre el Discussion Paper "Financial Instruments with Characteristics of Equity".
Las principales ideas transmitidas por el EFRAG en la carta de comentario son:
- El Discussion Paper es una contribución positiva para mejorar la distinción entre patrimonio neto y pasivo lo que constituye un área importante en el información financiera en Europa.
- El EFRAG no considera, sin embargo, las propuestas desarrolladas en el Documento, apropiadas para sustituir los requisitos existentes en las IFRS sobre este área.
- El EFRAG recomienda que en el trabajo futuro sobre este proyecto:
  (a) se tenga una consideración especial a la finalidad de distinguir entre patrimonio neto y pasivo; y
  (b) la mayoría de los asuntos se necesita resolverlos al nivel conceptual en el ámbito del Marco Conceptual. La nueva norma sobre la clasificación de instrumentos financieros como pasivos financieros y patrimonio neto podría ser la guía de aplicación de unas definiciones generalmente aceptables.
- El EFRAG considera que es esencial que cualquier enfoque que eventualmente se escoja se aplique tanto para los estados financieros individuales como a los consolidados sin la necesidad de reglas arbitrarias adicionales.
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3.- El EFRAG requiere comentarios sobre su valoración inicial de la IFRIC 16 Hedges of a Net Investment in a Foreign Operation sobre la adopción en la UE y la valoración inicial de los costes y beneficios de su implantación.
La IFRIC 16 clarifica varios aspectos de la IAS 21 y la IAS 39. Se centra, en particular, en:
- Cuando una entidad tiene una moneda de presentación que es diferente a su moneda funcional, ¿las diferencias de cambio que surgen representan un riesgo que se pueda cubrir?
- Cuando existen entidades matrices finales o intermedias, ¿qué tipos de cambio representan riesgos a cubrir?
- ¿Es relevante, con la finalidad de la contabilidad de coberturas, que entidad mantiene el instrumento de cobertura que va a ser empleado para cubrir una inversión neta en un negocio en el extranjero?
- ¿Qué importe se debería reclasificar desde Other Comprehensive Income a pérdidas y ganancias como ajuste de reclasificación sobre la disposición de un negocio en el extranjero?
La valoración inicial del EFRAG es que la Interpretación reúne los criterios para la adopción en la UE y que los beneficios que se derivarán de su aplicación en este ámbito probablemente excedan de los costes en los que se incurra.
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4.- La carta de comentario del EFRAG sobre el Borrador del CESR Statement Fair value measurement and related disclosures of financial instruments in illiquid markets.
En el Borrador de Declaración, el CESR plantea una serie de asuntos que han sido presentados a su atención como consecuencia de la reciente convulsión en los mercados, incluyendo:
- cómo determinar en el marco de la IAS 39 si existe o no un mercado activo;
- cuáles, si existiesen precios cotizados, requiere la IAS 39 que se empleen para medir los instrumentos negociados en mercados relativamente ilíquidos;
- los inputs que son relevantes cuando no existen mercados activos y se requiere estimar, utilizando "técnicas de valoración", el valor razonable de un instrumento financiero "vinculado a la crisis subrprime";
- la información que se necesita revelar y que permite a los usuarios entender el impacto de transacciones particulares, otros sucesos y condiciones durante tales momentos.
Los miembros del EFRAG estaban preocupados por la posición del CESR; en su opinión sería mejor tomar su posición como un dato más a considerar por el IASB. Dicho esto, los miembros del EFRAG apoyaban ampliamente lo que el Borrador de Declaración (Statement) decía y pensaba y consideran que sería útil para el trabajo del IASB.
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NOVEDADES UNIÓN EUROPEA

1.- Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO modificando las Directivas del Consejo 77/91/EEC, 78/855/EEC and 82/891/EEC y la Directiva 2005/56/EC en cuanto a requisitos de información y documentación en el caso de fusiones y escisiones.
La Comisión Europea ha decidido simplificar el entorno regulatorio para los negocios europeos, en cooperación con el Parlamento Europeo y los Estados Miembros. El objetivo es asegurar que la legislación de la Comunidad en el campo de la ley de sociedades, contabilidad y auditoría responda a las necesidades de los negocios de hoy día y permita a los empresarios europeos competir más eficazmente y con mayor éxito en un entorno global altamente competitivo.
La iniciativa se vincula a la revisión del Mercado Único adoptada por la Comisión en Noviembre de 2007 como parte de la agenda de los ciudadanos. Más aún, forma parte de la iniciativa de la Comisión dirigida a reducir las trabas administrativas, especialmente para las Pymes.
Con la finalidad de identificar el alcance de la simplificación, la Comisión adoptó, el 10 de julio de 2007, una comunicación estableciendo las propuestas con posibles medidas para simplificar las adquisiciones europeas en los terrenos de la legislación de sociedades, contabilidad y auditoría. Se invitó al Parlamento Europeo, a los Estados Miembros y a los stakeholders para emitir comentarios sobre la Comunicación y las propuestas contenidas en él para mediados de Octubre de 2007.
Con la finalidad de conseguir resultados rápidamente; en primer lugar se formularon tres propuestas. La primera pretendía alinear ciertas normas sobre informes de expertos en el caso de fusiones y escisiones nacionales con las reglas contenidas en la Directiva sobre fusiones transfronterizas (Directiva 2005/56/EC) fue aprobada por el Consejo y el Parlamento Europeo en Noviembre de 2007 (Directiva 2007/63/EC). Más aún, en Abril de 2008, la Comisión presentó dos propuestas para modificar la Primera y Undécima Directivas del derecho de sociedades, así como las Directivas contables.
La Comisión propone ahora adoptar, por el procedimiento ordinario, una Directiva que revise las reglas de Tercera y Sexta Directivas sobre derecho de sociedades sobre fusiones y escisiones nacionales en una escala mayor, con la finalidad de reducir la carga burocrática generada por estas Directivas.
Más Información

NOVEDADES FASB

1.- Borrador (Revisado) Proposed Statement of Financial Accounting Standards Accounting for Transfers of Financial Assets an amendment of FASB Statement No. 140. Revision of Exposure Draft Issued August 11, 2005.
Esta propuesta de norma, que es una revisión del FASB Exposure Draft, Accounting for Transfers of Financial Assets, de agosto de 2005, modificaría: (1) el concepto para calificar una Entidad de Propósito Especial (SPE) del FASB Statement No. 140, Accounting for Transfers and Servicing of Financial Assets and Extinguishments of Liabilities, y (2) las excepciones en la aplicación del FASB Interpretation No. 46 (revisado en Diciembre de 2003), Consolidation of Variable Interest Entities, para calificar una Entidad de Propósito Especial (SPE). Esta norma propuesta también modificaría el Statement 140 con la finalidad de revisar y clarificar los requisitos para dar de baja las transferencias de activos financieros y la valoración inicial de los flujos de resultados que son recibidos por el transferente en relación con la entrega de activos financieros. Esta propuesta de norma también fortalecería los requisitos de revelación a suministrar por los usuarios de los estados financieros con una mayor transparencia sobre las transferencias de activos financieros con una permanente implicación del transferente con tales activos financieros transferidos.
Esta propuesta de norma va a ser expuesta al mismo tiempo que la propuesta de norma del FASB, Amendments to FASB Interpretation No. 46(R), que modificaría la consolidación y los requerimientos de revelación relacionados para empresas que mantienen una participación en una entidad de capital variable. La mayoría de las entidades de titulización de activos que previamente reunían los requisitos para ser calificadas como Entidades de Propósito Especial bajo el Statement 140 y que son entidades de capital variable, se les requeriría ahora ser evaluadas bajo la guía revisada en la norma propuesta sobre modificaciones a la Interpretación 46(R), incluyendo a las entidades que transfieren activos financieros, mantienen una participación variable en tal entidad o ambas.
Las respuestas deben enviarse antes del 14 de Noviembre de 2008.
Más Información - (Amendments to other authoritative literature)

2.- Exposure Draft. Proposed Statement of Financial Accounting Standards amendments to FASB Interpretation No. 46(R). Este Borrador de SFAS se emite por el consejo para la recepción de comentarios.
Esta propuesta de norma modificaría la FASB Interpretation No. 46 (revisada en Diciembre 2003), Consolidation of Variable Interest Entities. Requeriría una permanente valoración para determinar si una entidad es una entidad de capital variable y si una empresa es la beneficiaria principal de una entidad de capital variable. La Interpretation 46(R) actualmente requiere la reconsideración de si una entidad es de capital variable y si una empresa es la beneficiaria principal de una entidad de capital variable sólo cuando se presenten ciertas circunstancias. La Interpretation 46(R) también incluye ciertas excepciones para su consideración (incluida una excepción relacionada con pérdidas que exceden las pérdidas esperadas por una entidad de capital variable). Con esta propuesta de norma se suprimiría la excepción de reconsideración para las reestructuraciones de deuda tal y como se definen en el párrafo 2 del FASB Statement No. 15, Accounting by Debtors and Creditors for Troubled Debt Restructurings, que actualmente aparece en la 46(R).
Esta propuesta de norma modificaría las instrucciones para determinar qué empresa, si alguna, es la principal beneficiaria de una entidad de capital variable al requerir a la empresa que efectúe inicialmente un análisis cualitativo para determinar si el capital variable de la empresa o la participación confiere una participación financiera de control. Al efectuar el análisis cualitativo se requeriría valorar si existe una responsabilidad financiera implícita de asegurar que un interés variable actúa como se diseñó. A través del análisis cualitativo es de esperar que se identifique un beneficiario principal. Si una empresa no puede determinar si mantiene una participación financiera de control a través del análisis cualitativo, la empresa tendría que realizar un análisis cuantitativo. Actualmente, la Interpretation 46(R) requiere que una empresa utilice generalmente un análisis cuantitativo para determinar si tiene una participación financiera de control en una entidad de capital variable.
Esta propuesta de norma requeriría fortalecer las revelaciones a suministrar a los usuarios de los estados financieros con más información transparente sobre la implicación de una empresa en una entidad de capital variable, incluyendo una petición a los partícipes de una entidad de capital variable a revelar la información incluso si no mantuvieran una participación variable significativa en la entidad de capital variable.
Las respuestas deben enviarse antes del 14 de Noviembre de 2008.
Más Información

3.- FSP FAS 140-e and FIN 46(R)-e.
La finalidad de esta propuesta de FASB Staff Position (FSP) es requerir mejores revelaciones a las entidades de interés general (empresas) hasta que se produzcan las modificaciones pendientes en el FASB Statement No. 140, Accounting for Transfers and Servicing of Financial Assets and Extinguishments of Liabilities, y la FASB Interpretation No. 46 (revisada Diciembre 2003), Consolidation of Variable Interest Entities. Esta propuesta de FSP modificaría el Statement 140 y la Interpretation 46(R) para requerir revelaciones más sólidas para las entidades de interés general (empresas cotizadas) sobre transferencias de activos financieros y participaciones en entidades de capital variable. Adicionalmente, esta FSP propuesta requeriría ciertas revelaciones por una empresa cotizada que es (a) un partícipe que tiene una participación variable en una entidad de capital variable (con independencia de la importancia de la participación variable) y (b) una empresa que mantiene una participación variable significativa en una Entidad de Propósito Especial pero que no era la transferente (empresa no transferente) de activos financieros a la Entidad de Propósito Especial. Las revelaciones requeridas por esta propuesta de FSP tienen la intención de ofrecer a los usuarios de los estados financieros con una mayor transparencia sobre la implicación permanente del transferente con los activos financieros transferidos y una implicación de la empresa con las entidades de capital variable.
Las respuestas se deben enviar antes del 15 de Octubre de 2008.
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NOVEDADES IFAC

1.- ISA 250, Consideration of Laws and Regulations in an Audit of Financial Statements.
Esta Norma Internacional de Auditoría aborda la responsabilidad del auditor sobre la consideración de las leyes y regulaciones cuando desarrolla la auditoría de estados financieros.
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2.- ISA 510, Initial Audit Engagements. Opening Balances.
Esta Norma Internacional de Auditoría presenta las responsabilidades del auditor sobre los saldos de apertura cuando desarrolla un encargo de auditoría por primera vez en una entidad. Además de los importes de los estados financieros, los saldos de apertura incluyen asuntos que precisan de revelación existente al comienzo del periodo, tales como contingencias y compromisos.
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3.- Norma Contable del Sector Público. IPSAS 5 "Borrowing Costs" (Revisada 200X).
A comienzos de 2007, el IPSASB comenzó, tras su Proyecto General de Mejoras finalizado en 2006, un proyecto de mejoras permanente para actualizar las IPSASs existentes con la finalidad de converger con las últimas IFRSs relacionadas en la medida que fuera apropiado para el sector público. Como una parte de este proyecto, el IPSASB revisó las modificaciones del IASBa la IAS 23, "Borrowing Costs" emitida en Marzo de 2007.
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 CASO PRÁCTICO

"COMPRAS DE MATERIAS PRIMAS CON DESCUENTOS POR PRONTO PAGO Y RECARGO POR INTERESES EXPLÍCITOS"

Caso 1: La empresa RODA S.A. compra el 5 de febrero materias primas a crédito (6 meses) por 530.000 €. La operación tributa en IVA al 16%. RODA S.A. paga anticipadamente la deuda, mediante transferencia bancaria el día 20 de abril, por lo que recibe un descuento por pronto pago de 3.500 € (IVA 16%) que es descontado del importe a liquidar en ese momento. Registre la operación de compra y la liquidación anticipada.

Caso 2. El 2 de noviembre del año N, RODA S.A. compra materias primas por 22.000 €. En la factura se detallan intereses por 300 € debido al aplazamiento a 3 meses del pago. La operación tributa en IVA al 16%. Registre la compra, el cierre del ejercicio N y la liquidación de la operación el 2 de febrero del año N+1.

Autora: Magdalena Cordobés Madueño

Ver solución del caso.

 HACIENDO MEMORIA

El epígrafe reservado a la revelación presentada en la Memoria lo hemos reservado a una información introducida en la reforma contable y referente a la revelación de las políticas de gestión del riesgo.

Como podremos observar, las prácticas son muy diversas y la información es valiosa a la hora de obtener una aproximación a este parámetro básico en los modelos de decisión de los usuarios.

Ver referencias

 ENTREVISTAS Y TRIBUNAS


Vicente Condor López
Presidente de la Asociación Española de Profesores Universitarios de Contabilidad (ASEPUC)
"La estructura prevista de los grados en materia de economía y empresa van a reducir la presencia de las materias contables en la formación de los economistas"
En el mes de junio, el profesor Jorge Túa Pereda le cedió el testigo a la cabeza de la Asociación de Profesores Universitario de Contabilidad, tras la Asamblea General extraordinaria celebrada en Albacete con motivo del XIII Encuentro de la Asociación. En los últimos tiempos la Asociación ha tenido un papel muy activo entre sus asociados y ha puesto en marcha diversas iniciativas desde su página web para que los profesores universitarios compartiesen el conocimiento en un momento tan importante como ha sido la reforma contable en España. (Ver entrevista completa)
 ENLACES



-Blog "Plan General Contable": Este Blog trata además del nuevo PGC, otros asuntos relativos a finanzas, economía, contabilidad y fiscalidad, permitiendo comentarios de los usuarios. Contiene tambien secciones de artículos, guías prácticas y foros contables. Escribe el socio Manuel Rejón.


 CONVOCATORIAS Y RESEÑAS BIBLIOGRÁFICAS

-Jornadas Online sobre "el Impuesto de Sociedades"
Online. Organizadas por Datadiar.com
-Diploma en Especialización Profesional Universitario en Gestión Contable en la PYME
septiembre de 2008. Organiza Fundació Universitat Empresa. Universitat de Valencia. Dto. para socios de AECA.
-XIV Asamblea Plenaria de la Conferencia Académica Permanente de Investigación Contable (CAPIC)
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile, del 2 al 4 de Octubre de 2008. Apertura de Leandro Cañibano.
-IX Encontro Luso-Galaico de Auditores/Revisores de Contas
Oporto, 10 y 11 de octubre de 2008
-XII Congresso de Contabilidade e Auditoria
Aveiro, 20 a 22 de noviembre de 2008
-Seminarios Prácticos en Aula de Formación AECA
Información Financiera en Entidades sin fines de lucro, Madrid, 21 de octubre de 2008
Valoración de PYMES, Madrid, 6 de noviembre de 2008
Cierre Contable 2008, Madrid, 20 de noviembre de 2008

-Seminario "Reforma Contable y nuevo Plan General de Contabilidad
Madrid, 29 y 30 de octubre; Barcelona, 27 y 28 de octubre de 2008. Organiza Bloomington Finances. Socios 5% dto.
-Curso General de "Regulación y Organización, Gestión Económica y Control del Sector Público Español"
9 y 10 de octubre de 2008. Organiza FIASEP. Socios 15% de descuento.
-XVII Congreso Nacional de Auditoría
El Congreso del ICJCE tendrá lugar en el Palacio de Congresos de Valencia del 29 al 31 de octubre de 2008
-VI Encuentro de Historia de la Contabilidad
Valladolid, 5 a 7 de noviembre de 2008. Fecha límite de envío de trabajos: 6 de octubre a vijornadahistoria@uva.es

-Contabilidad Financiera. El Plan General de Contabilidad 2007
Autores: A. Socías/ P. Horrach/ R. Herranz/ G. Jover/ A. Llull
Edita: Pirámide - 408 Páginas - 2008
; P.V.P.: 31,00 Euros.-. Precio Socio: 26,35 Euros
Continuación natural del libro Contabilidad financiera: el modelo contable básico, estudia las problemáticas contables abordadas en el PGC de 2007, analizando las operaciones económicas más relevantes y habituales que desarrollan las entidades económicas, aunque sin ánimo de ser exhaustivos en el análisis completo del Plan. Se incluyen ejercicios y ejemplos numéricos para una mejor comprensión de los conceptos desarrollados en el texto.
Pedidos a través de Serviaeca (con dto para socios): Raquel Garrido - info@aeca.es